sábado, 15 de noviembre de 2014

BORRADOR DEL REAL DECRETO DE ESPECIALIDADES


La calidad educativa y la excelencia brillan por su ausencia en este borrador del Real Decreto de Especialidades en el que se asignan materias a docentes no especialistas en esas materias. 


El ejemplo más claro es la asignación de materias de la especialidad de Economía a las especialidades de Filosofía, Matemáticas, Geografía e Historia, Formación y Orientación Laboral, Organización y Gestión Comercial y Administración de Empresas.

Además, esta asignación no es recíproca, es decir, a la especialidad de economía no le asigna ninguna materia de dichas especialidades, con la consiguiente discriminación a los docentes de la especialidad de Economía.

ANEXO III: Asignación de materias de la Educación Secundaria Obligatoria a las especialidades docentes:












ANEXO IV: Asignación de materias de Bachillerato a las especialidades docentes:











ANEXO V: Asignación de materias a la que se refiere el apartado 3 del artículo 3: El personal funcionario del cuerpo de catedráticos de enseñanza secundaria y del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria de las especialidades que se incluyen en el anexo V deberá, cuando así se requiera, impartir las materias del Bachillerato y de la Educación Secundaria Obligatoria de acuerdo con las correspondencias que se especifican en dicho anexo, siempre que reúna las condiciones que en el mismo se detallan y sin perjuicio de la preferencia que, para impartir las materias respectivas, tiene el profesorado de las especialidades a las que se refieren los anexos III y IV.
















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